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Ciudadanía y Naturalización
Nuestros abogados de inmigración tienen oficinas ubicadas en Westchester, White Plains y New York (Nueva York). Nuestros abogados con experiencia le ayudarán con todos sus asuntos de inmigración. Nuestros abogados de inmigración representan a clientes a través de todo los Estados Unidos, incluyendo Nueva York, Connecticut y Nueva Jersey. Nuestros abogados de inmigración lo representara en cualquier ámbito de la ley de Inmigración y Nacionalidad y puede ayudarle a obtener la Ciudadanía Americana.
Nuestros abogados de inmigración se concentran en ayudar a los Residentes Permanentes de Estados Unidos convertirse en Ciudadanos Americanos. Convertirse en un Ciudadano Americano es considerado como un privilegio y hay ciertos requisitos que el solicitante debe cumplir. Aunque muchas circunstancias necesitan revisión por parte de un abogado de inmigración los siguientes son los requisitos básicos para la obtención de Ciudadanía Americana a través de la Naturalización:
- Ha sido Residente Permanente por lo menos durante 5 años, tiene 18 años de edad o más, y cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener residencia permanente en los Estados Unidos como residente permanente legal durante al menos 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
- Estar físicamente presente en los Estados Unidos por lo menos 30 meses de los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
- Residir continuamente dentro de los Estados Unidos a partir de la fecha de solicitud de naturalización hasta el momento de la naturalización
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés y tienen un conocimiento y una comprensión de la historia de EE.UU. y el gobierno (educación cívica)
- Las excepciones se aplican, pero son limitadas
- Ser una persona de buen carácter moral
- Generalmente carácter moral bueno es de los últimos 5 años, pero USCIS tiene la discreción para mirar a la historia entera de la persona
- Tener residencia permanente en los Estados Unidos como residente permanente legal durante al menos 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
- Ha sido residente permanente durante 3 años o más, tienen 18 años o más, y cumplir con todos los requisitos de elegibilidad para presentarse como esposo/esposa de un Ciudadano Americano y cumplir con los siguientes requisitos:
- Ha estado viviendo en unión matrimonial con el mismo esposo/esposa Ciudadano Americano durante los 3 años
- Tener residencia permanente en los Estados Unidos como residente permanente legal por lo menos 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
- Tener residencia permanente en los Estados Unidos como residente permanente legal por lo menos 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
- Residir continuamente dentro de los Estados Unidos a partir de la fecha de solicitud de naturalización hasta el momento de la naturalización
- Ser capaz de leer, escribir y hablar Inglés y tienen un conocimiento y una comprensión de la historia de EE.UU. y el gobierno (educación cívica)
- Las excepciones se aplican, pero son limitadas
- Ser una persona de buen carácter moral
- Generalmente carácter moral bueno es de los últimos 3 años, pero USCIS tiene la discreción para mirar a la historia entera de la persona
- En algunos casos, los esposos/esposas de Ciudadanos Americanos empleados en el extranjero puede calificar para la naturalización, independientemente de su tiempo como residentes permanentes. Pueden calificar bajo la Sección 319 (b) del INA
- Usted califica por servicio en las fuerzas armadas de Estados Unidos y cumplir con los siguientes requisitos:
- Demostrar que usted tiene un buen carácter moral
- Demostrar conocimiento del idioma Inglés y de gobierno de los EE.UU. y la historia (educación cívica)
- Como miembro de las fuerzas armadas, hay ciertos requisitos de naturalización que no se apliquen a usted, incluyendo los períodos requeridos de residencia y presencia física en los Estados Unidos.
- Las excepciones se indican en secciones 328 y 329 de la INA
- Hijos de Ciudadanos
- Su hijo puede calificar para la naturalización si usted es un Ciudadano Americano, el niño nació fuera de los EE.UU., y el niño reside actualmente fuera de los EE.UU.
- Usted puede ya ser un Ciudadano Americano y no es necesario solicitar la naturalización si su padre biológico o adoptivo (s) se convirtió en un Ciudadano Americano antes de cumplir la edad de 18 años.
La Ciudadanía Americana también establece derechos y beneficios que sólo los Ciudadanos Americanos pueden acceder. Ahí están los derechos a residir y trabajar en los Estados Unidos, el derecho a viajar al extranjero sin un límite de tiempo en el extranjero, y el derecho a entrar y salir de los EE.UU. sin limitación. Hay también los derechos de votar en las elecciones federales, y ocupar algunos cargos públicos. Hay también los beneficios de la protección de Consulado Americano en el extranjero, el aumento de la capacidad de patrocinar a sus parientes en el extranjero y la protección contra la deportación. Cualquiera que sea la razón para que usted quiera convertirse en un Ciudadano Americano nuestros abogados de inmigración pueden ayudarle en cada paso del camino.
Para obtener orientación sobre Ciudadanía y Naturalización, por favor póngase en contacto con nuestros abogados de inmigración con experiencia que le ayudará a través de todo el proceso y responderá a todas sus preguntas. Usted puede llamar o visitar nuestras oficinas en Westchester, White Plains o New York (Nueva York).